No al trato de la SCD
En este último tiempo he visto con horror como el proyecto de reforma de la Ley 17336 de Propiedad Intelectual ha sido totalmente desvirtuado y corrompido en forma unilateral.
Como podrá saber UD., el año pasado se inicio el proceso de reforma tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado y el gobierno estableció una mesa de dialogo y acuerdo entre los diversos entes involucrados (una sabia decisión). En esta mesa se reunieron la Asociación de Empresas de Tecnología de Información, la Asociación de Proveedores de Internet, la Asociación de Derecho de Informática, la ONG Derechos Digitales, la ONG Liberación Digital, la Comisión de Directores de Bibliotecas del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, el Colegio de Bibliotecarios de Chile A.G., la Señora Ministro de Cultura y la Sociedad Chilena de Derechos de Autor.
Como es lógico se procedió a discutir una reforma que fuera provechosa para todos los involucrados (sean artitas, empresas distribuidoras, educadores, consumidores, etc...).
Todo parecía bien hasta que hace poco, el 5 de Agosto, el Gobierno representado por la Ministro Urrutia y el Ministro Viera-Gallo tienen un acuerdo secreto y a espaldas de la mesa con la SCD (Sociedad Chilena de Derechos de autor). Aparte de jugar “sucio” a la mesa y ser desleal y poco transparente con los concurrentes de la misma, se incurrieron en arreglos y promesas de apoyo a cambios en la Ley 17336 y el proyecto de reforma que definitivamente van solo en beneficio de la SCD y en claro perjuicio de los consumidores, educadores y proveedores de Internet.
Ahí que tener en cuenta que la SCD solo es una entidad que administra los derechos de autor. Es una organización de lucro y monopólica (en teoría podrían haber más), además de cobrar también por aquellos que no están afiliados a ella y quedándose con esos recursos.
Paso a detallar el acuerdo (que se encuentra disponible en el sitio de la SCD http://www.tratojustoartistas.cl/lo-peleado-lo-comido-y-lo-bailado/ ):
1- ARTÍCULO 100. GESTIÓN COLECTIVAEl Gobierno no apoyará indicaciones 246 y 247, que obstaculizan la gestión colectiva, y apoyará en cambio las 244 y 245, letra b).
Esto significa que se sigue apoyando que se cobre sobre ingresos brutos de aquel que usa una obra y no sobre el uso efectivo que se haga de esta. El señor Fiscal Nacional Económico apoya cambiarla ya que va en contra de Decreto Ley Nº211 al ser la SCD una entidad monopólica.
2- ARTICULO 100 BIS. FIJACIÓN DE TARIFASRespecto a la fijación de tarifas, que en la redacción mantenida hasta ahora iba hacia la judicialización, se acuerda un mecanismo de mediación.
En Ley 17336 se establece que el organismo administrador (en este caso la SCD) es la que establece el precio arbritariamente, se quiere mantener el sistema en que la SCD establece el precio y si no hay acuerdo se va a mediación forzosa y juicio eventualmente. Se debe establecer los precios por ley, es lo lógico.
3- ARTICULO 85 L. OPERADORAS DE INTERNETSe refiere a la responsabilidad legal de las grandes operadoras por el uso no licenciado de contenidos. Se acuerda eliminar el párrafo que explícitamente exime a estas empresas de cualquier tipo de responsabilidad por infracciones a los derechos de autor.
Se quiere establecer la responsabilidad de las empresas de acceso a Internet (ISP) por lo que supuestamente hacen sus clientes. Es tan absurdo como responsabilizar a una empresa de venta de armas legales si sus clientes terminan matando gente o a una farmacéutica si sus clientes usan los remedios para fabricar venenos. Esta “responsabilidad” podría convertirse en un “canon” o cobro a la empresa que se traduciría en un cobro a los clientes por supuestas infracciones de los derechos de autor. Es decir establece a priori que todo aquel que tenga acceso a Internet baja obras con derechos de autor sin pagar, es decir establece que todos somos criminales.
4- ARTÍCULO 71 M, N (yR). FOTOCOPIASSe eliminan las indicaciones que autorizan la copia libre y gratuita por editoriales
Esto lo que hace de partida es limitar el acceso de información a estudiantes, estudiosos y la gente común. Es un grave ataque a la comunidad académica, ya que no se podrá citar ni usar material fotocopiado para enseñar. Es decir en la practica deberemos cada estudiante comprar los libros y si esta en otro idioma no podremos traducirlo. Es una aberración que ataca directamente a la ya cara educación.
5- ARTICULO 86. IRRENUNCIABILIDADSe reforzará la irrenunciabilidad de los derechos morales sobre las obras. La ley pretendía derogar esta irrenunciabilidad, abriendo la puerta al abuso por parte de las grandes empresas.
Francamente un abuso, a pesar que un artista done su obra o la edite bajo la Licencia Creative Commons (CC), el SCD podrá cobrar para su propio beneficio derechos de autor. De paso elimina de facto licencias libres como la CC, además ir en contra de la voluntad de artistas que donan sus derechos y apunta solo al lucro de la SCD.
6- INDICACIÓN n° 20. COMERCIOPretende que los beneficios del comercio sean subsidiados por los autores, en el caso de locales que usen libremente música en su ambientación. El Gobierno no apoyará esta indicación.
Es decir, se prohíbe que pequeños comercios, salas de espera y lugares parecidos el uso de música de fondo, videos u otros sin pagar los derechos de autor correspondientes. Francamente, nadie se salva. Tendremos esperas aun más aburridas en los consultorios.
7- CONTEXTO. COHERENCIA.Se acuerda que el Gobierno rechazará todas aquellas indicaciones que afecten a los acuerdos anteriores. Al mismo tiempo, se rechazara introducir nuevos temas que vayan más allá del mensaje presidencial.
Un chiste, es decir el gobierno aprueba que no se discutan sobre estos temas, ni que UD. Honorable o nosotros intentemos cambiar el proyecto.
Espero haber sido lo suficientemente ilustrativo de este abuso de parte de la SCD y el aval del gobierno a esto que vulnera nuestros derechos.
Además dejaría un precedente en este proyecto de abusos hacia los consumidores y un trato injusto, ya que se nos tacha entre líneas de piratas y ladrones. Yo tengo discos originales, pero los escucho en mi reproductor de mp3 por lo tanto tengo que traspasarlos de formato y estoy en todo mi derecho por tener derecho de uso sobre esta.
En la Universidad saco apuntes de libros, cito más de 6 líneas, en clases escuchamos discos de música clásica para aprender sobre el tema (soy estudiante de ingeniería civil en sonido y acústica) y tengo derecho a ello. La cultura no puede llegar a ser un bien así de transable y menos en el ámbito educativo.
Espero que vea lo que yo veo y el proyecto se aborde de nuevo en un ámbito en que todas las partes lleguen a un acuerdo que sea sustentable para este siglo.
Como podrá saber UD., el año pasado se inicio el proceso de reforma tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado y el gobierno estableció una mesa de dialogo y acuerdo entre los diversos entes involucrados (una sabia decisión). En esta mesa se reunieron la Asociación de Empresas de Tecnología de Información, la Asociación de Proveedores de Internet, la Asociación de Derecho de Informática, la ONG Derechos Digitales, la ONG Liberación Digital, la Comisión de Directores de Bibliotecas del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, el Colegio de Bibliotecarios de Chile A.G., la Señora Ministro de Cultura y la Sociedad Chilena de Derechos de Autor.
Como es lógico se procedió a discutir una reforma que fuera provechosa para todos los involucrados (sean artitas, empresas distribuidoras, educadores, consumidores, etc...).
Todo parecía bien hasta que hace poco, el 5 de Agosto, el Gobierno representado por la Ministro Urrutia y el Ministro Viera-Gallo tienen un acuerdo secreto y a espaldas de la mesa con la SCD (Sociedad Chilena de Derechos de autor). Aparte de jugar “sucio” a la mesa y ser desleal y poco transparente con los concurrentes de la misma, se incurrieron en arreglos y promesas de apoyo a cambios en la Ley 17336 y el proyecto de reforma que definitivamente van solo en beneficio de la SCD y en claro perjuicio de los consumidores, educadores y proveedores de Internet.
Ahí que tener en cuenta que la SCD solo es una entidad que administra los derechos de autor. Es una organización de lucro y monopólica (en teoría podrían haber más), además de cobrar también por aquellos que no están afiliados a ella y quedándose con esos recursos.
Paso a detallar el acuerdo (que se encuentra disponible en el sitio de la SCD http://www.tratojustoartistas.cl/lo-peleado-lo-comido-y-lo-bailado/ ):
1- ARTÍCULO 100. GESTIÓN COLECTIVAEl Gobierno no apoyará indicaciones 246 y 247, que obstaculizan la gestión colectiva, y apoyará en cambio las 244 y 245, letra b).
Esto significa que se sigue apoyando que se cobre sobre ingresos brutos de aquel que usa una obra y no sobre el uso efectivo que se haga de esta. El señor Fiscal Nacional Económico apoya cambiarla ya que va en contra de Decreto Ley Nº211 al ser la SCD una entidad monopólica.
2- ARTICULO 100 BIS. FIJACIÓN DE TARIFASRespecto a la fijación de tarifas, que en la redacción mantenida hasta ahora iba hacia la judicialización, se acuerda un mecanismo de mediación.
En Ley 17336 se establece que el organismo administrador (en este caso la SCD) es la que establece el precio arbritariamente, se quiere mantener el sistema en que la SCD establece el precio y si no hay acuerdo se va a mediación forzosa y juicio eventualmente. Se debe establecer los precios por ley, es lo lógico.
3- ARTICULO 85 L. OPERADORAS DE INTERNETSe refiere a la responsabilidad legal de las grandes operadoras por el uso no licenciado de contenidos. Se acuerda eliminar el párrafo que explícitamente exime a estas empresas de cualquier tipo de responsabilidad por infracciones a los derechos de autor.
Se quiere establecer la responsabilidad de las empresas de acceso a Internet (ISP) por lo que supuestamente hacen sus clientes. Es tan absurdo como responsabilizar a una empresa de venta de armas legales si sus clientes terminan matando gente o a una farmacéutica si sus clientes usan los remedios para fabricar venenos. Esta “responsabilidad” podría convertirse en un “canon” o cobro a la empresa que se traduciría en un cobro a los clientes por supuestas infracciones de los derechos de autor. Es decir establece a priori que todo aquel que tenga acceso a Internet baja obras con derechos de autor sin pagar, es decir establece que todos somos criminales.
4- ARTÍCULO 71 M, N (yR). FOTOCOPIASSe eliminan las indicaciones que autorizan la copia libre y gratuita por editoriales
Esto lo que hace de partida es limitar el acceso de información a estudiantes, estudiosos y la gente común. Es un grave ataque a la comunidad académica, ya que no se podrá citar ni usar material fotocopiado para enseñar. Es decir en la practica deberemos cada estudiante comprar los libros y si esta en otro idioma no podremos traducirlo. Es una aberración que ataca directamente a la ya cara educación.
5- ARTICULO 86. IRRENUNCIABILIDADSe reforzará la irrenunciabilidad de los derechos morales sobre las obras. La ley pretendía derogar esta irrenunciabilidad, abriendo la puerta al abuso por parte de las grandes empresas.
Francamente un abuso, a pesar que un artista done su obra o la edite bajo la Licencia Creative Commons (CC), el SCD podrá cobrar para su propio beneficio derechos de autor. De paso elimina de facto licencias libres como la CC, además ir en contra de la voluntad de artistas que donan sus derechos y apunta solo al lucro de la SCD.
6- INDICACIÓN n° 20. COMERCIOPretende que los beneficios del comercio sean subsidiados por los autores, en el caso de locales que usen libremente música en su ambientación. El Gobierno no apoyará esta indicación.
Es decir, se prohíbe que pequeños comercios, salas de espera y lugares parecidos el uso de música de fondo, videos u otros sin pagar los derechos de autor correspondientes. Francamente, nadie se salva. Tendremos esperas aun más aburridas en los consultorios.
7- CONTEXTO. COHERENCIA.Se acuerda que el Gobierno rechazará todas aquellas indicaciones que afecten a los acuerdos anteriores. Al mismo tiempo, se rechazara introducir nuevos temas que vayan más allá del mensaje presidencial.
Un chiste, es decir el gobierno aprueba que no se discutan sobre estos temas, ni que UD. Honorable o nosotros intentemos cambiar el proyecto.
Espero haber sido lo suficientemente ilustrativo de este abuso de parte de la SCD y el aval del gobierno a esto que vulnera nuestros derechos.
Además dejaría un precedente en este proyecto de abusos hacia los consumidores y un trato injusto, ya que se nos tacha entre líneas de piratas y ladrones. Yo tengo discos originales, pero los escucho en mi reproductor de mp3 por lo tanto tengo que traspasarlos de formato y estoy en todo mi derecho por tener derecho de uso sobre esta.
En la Universidad saco apuntes de libros, cito más de 6 líneas, en clases escuchamos discos de música clásica para aprender sobre el tema (soy estudiante de ingeniería civil en sonido y acústica) y tengo derecho a ello. La cultura no puede llegar a ser un bien así de transable y menos en el ámbito educativo.
Espero que vea lo que yo veo y el proyecto se aborde de nuevo en un ámbito en que todas las partes lleguen a un acuerdo que sea sustentable para este siglo.
Comentarios
Asi es este es el pais de los GILES
permitimos al gobierno que con nuestro dinero le pague el sueldo a personas como la "ministra de cultura" para que ella nos perjudique gravemente. NO DEBEMOS PERMITIRLO.